Si usted vive en conjunto, edificio o unidad residencial que tenga administración, recuerde que ellos pueden exigir que las mudanzas o trasteos, incluso acarreos, les sean avisados con algunos días de antelación, esta puede ser una práctica que responde a cuestiones de seguridad.
Por otra parte debe evaluar que los espacios de escaleras y puertas del apartamento, conjunto y casa, tengan el tamaño necesario para dejar pasar sus objetos, de lo contrario es necesario concertar con la administración las modificaciones a las áreas comunes, que sean necesarias.
Asi mismo, es necesario revisar los horarios para mudanzas o trasteos, en Bogotá, el Decreto Distrital 511 de 2003 no permite la circulación de cualquier tipo de vehículo que transporte mudanzas, trasteos o acarreos entre las 6:00 p.m. a las 6:00 a.m.; sin embargo, algunos conjuntos o edificios tienen un horario pre definido.
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